Aun entendiendo que pueden existir motivos legales que justifiquen la utilización del permiso retribuido y, por tanto, la ausencia al trabajo, recomendamos una previa comunicación y autorización de la empresa para poder utilizar este permiso.
Artículo 37. Descanso
semanal, fiestas y permisos.
3. La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse
del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el
tiempo siguiente:
b) Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella.
Art. 37.3.b) Estatuto
Tr.
Accidente o enfermedad grave
Existe una falta de concreción y delimitación del concepto grave, hay
diferentes tribunales que han establecido diferentes criterios según el caso.
En STSJ País Vasco de 8 de febrero de 2000[1]
calificó de grave la colocación de un marcapasos, mientras que la STSJ
Andalucía de 25 de marzo de 2003[2]
denegó el permiso en el caso de una operación de cataratas.
Si bien se indica que se necesita un certificado médico que califique la
enfermedad como "grave", en caso de que el médico no utilice esa
terminología específica pero la situación sea evidentemente grave, el
trabajador podría argumentar su derecho al permiso basándose en la naturaleza
de la enfermedad y la necesidad de cuidado, apoyándose en la falta de una
definición legal unívoca de "grave". Destacar que el permiso por
hospitalización no se exige legalmente explicitar la gravedad
En caso que no lo considere como enfermedad grave, pero el familiar está
hospitalizado se deberá solicitar un permiso por hospitalización.
El justificante debe incluir el hecho causante (enfermedad grave o
accidente)
Hospitalización
Es necesario para el reconocimiento de este derecho, que el pariente
pernocte en el hospital. Implica el internamiento del paciente
en el establecimiento sanitario con sometimiento del enfermo al régimen de vida
de la institución en la que permanece internado.
El justificante debe incluir el hecho causante (Hospitalización con
pernocta)
Intervención
quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario.
El permiso nace al existir una intervención quirúrgica, que el paciente
no quede hospitalizado y se prescriba el reposo domiciliario.
La utilización de este permiso, el familiar o pariente, debe tener
prescrito realizar reposo domiciliario tras la intervención quirúrgica sin
hospitalización STS de 15 de junio de 2020[3].
La finalidad del permiso va dirigida a facilitar las tareas diarias y
proporcionar el debido cuidad para su recuperación.
El justificante debe incluir el hecho causante (Intervención quirúrgica,
que requiera reposo domiciliario)
Solamente para los convivientes del mismo domicilio y que requieran
el cuidado efectivo de aquella, es necesario justificar el hecho causante+
la convivencia del domicilio.
¿Estos permisos son de días laborables o de
días naturales?
Todos los permisos que
reflejan el Estatuto de los trabajadores (menos el de matrimonio) son de días
laborables ("dies a quo"), y deben proyectarse en los días de trabajo
siguientes. Es decir, (para las personas trabajadoras que realicen trabajaos de
lunes a viernes) si el hecho causante empieza un lunes el permiso se podrá
activar de lunes a viernes ambos inclusive (5 días laborables). Si el hecho
causante empieza un jueves el permiso acabará el miércoles de la semana
siguiente ambos inclusive (5 días laborables), siempre y cuando el familiar el
familiar hospitalizado no tenga el alta médica.
¿Cómo
se computan el permiso retribuido si el motivo se produce una vez finalizada la
jornada y el día siguiente es laborable?
El cómputo de los
días de permiso comenzará al día siguiente laborable.
¿Cómo se computa si no se trabaja en fin de semana y la
intervención o hospitalización se produce un viernes? ¿Computa en los 5 días el
sábado y domingo?
Si sábado y domingo
no eran laborables para la persona trabajadora no computan.
Si unas veces se
trabaja y otras no, dependerá del calendario y atendiendo si esos días
se debía trabajar o no.
¿Finaliza la utilización del permiso si se produce el
alta hospitalaria y no se precisa reposo domiciliario? Sentencias
-STS 5.3.2012, rec. 57/2011[4]
El uso del permiso
retribuido no está previsto para cuando el familiar hospitalizado ya se
encuentre recuperado, o incluso trabajando. Estas situaciones no permitirían
seguir haciendo uso del permiso hasta agotarlo (5 días), pero ello no se puede
vincular sin más al alta hospitalaria.
La utilización del
permiso para asuntos propios constituirá un fraude o ilegalidad.
Dicho esto, comentar
que el permiso por hospitalización no se extingue con la simple alta
hospitalaria, si la misma no va acompañada de alta médica. Es el alta
médica la que hace desaparecer la utilización del permiso, justificado por
la situación patológica del familiar.
Por lo tanto,
hospitalización y reposo domiciliario se consideran parte del mismo permiso,
esta prescripción debe interpretarse de forma amplia, incluyendo cualquier
recomendación médica de limitar la actividad del familiar para su recuperación,
sin exigir necesariamente un certificado literal de "reposo
absoluto".
¿Los permisos retribuidos se activan con cada
hospitalización o intervención quirúrgica deben utilizarse de forma consecutiva
o se pueden utilizar de forma flexible?
Mientras dure el echo
causante (por ejemplo, hospitalización) y no se tenga el alta médica del
familiar hospitalizado se podrá utilizar de forma flexible (continua o en días
alternos). La empresa tampoco puede obligar al trabajador a aplazar el disfrute
del permiso si la necesidad de atención existe durante el hecho causante.
Se recomienda evitar
justificantes con límites de horas.
¿Los permisos retribuidos se activan con cada
hospitalización o intervención quirúrgica o, disfrutado una vez, ya no se tiene
derecho a disfrutar un nuevo permiso? STSJ Aragón, de 6 de marzo de 2000, rec. 1137/1198; STSJ
Valencia, 13 de julio de 2005, rec. 14/2005)
Ante
diferentes hechos causantes, cabe el reconocimiento de diferentes permisos.
Incluso cuando los mismos afectan a la misma persona. Como es el caso de los
permisos por enfermedad grave u hospitalización de familiares.
Por
cada hecho causante se activará el derecho al permiso retribuido, se produzca o
no en el mismo año, incluso cuando los mismos afectan a la misma persona, incluso
recaídas o complicaciones de la misma enfermedad inicial generarían un nuevo
derecho al permiso, siempre que se cumplan los requisitos.
¿En caso de los familiares por consanguineidad o
afinidad, o cónyuge o pareja de hecho, debo presentar justificante de
convivencia y necesidad de cuidado efectivo?
No, solo es exigencia
para los convivientes no familiares.
¿Los
permisos retribuidos por accidente o enfermedad graves, hospitalización o
intervención quirúrgica con reposo domiciliario incluye los que afecten a
compañeros de piso de la persona trabajadora?
En este caso será así
y a través de justificación de convivencia y del cuidado efectivo, si concurre
necesidad de atención. El art. 37.3 b) del ET solo exige que se conviva con
la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo
de aquella. Por ejemplo, el tipo de documentación que podría ser válida
para justificar la convivencia es el certificado de empadronamiento.
¿Qué
se entiende por requerir cuidado efectivo?
No se concreta por el
legislador, que nos deja con una expresión de carácter abierto. Es de difícil la
interpretación porque en caso de hospitalización y de intervención con reposo
la regla general es que no exige “gravedad” …pero aquí algo más será preciso si
se vincula a precisar “cuidado efectivo”
¿Los
permisos retribuidos por hospitalización o intervención quirúrgica requieren explicitar
la gravedad? STS 5.3.2012,
rec. 57/2011[5]
y STS 13.6.2018, rec. 128/2018
No es exigencia legal
la gravedad en este permiso.
El permiso surge por
la hospitalización, sin distinguir la ley entre las causas que la motivan, no
condicionar el disfrute a la concurrencia de otro requisito. (STS 23.4.2009,
rec. 44/07)[6]
El único permiso que
requiere justificar la gravedad es si solicitamos el permiso por accidente y
enfermedad grave.
¿Es posible utilizar los permisos retribuidos tras
periodo de vacaciones, suspensión de contrato por riesgo durante el embarazo o
incapacidad temporal?
No es posible
solicitar permisos retribuidos ni tampoco aplazarlos a un momento posterior.
El permiso tiene
sentido cuando sirve para atender a la causa que lo permite, por eso se exige
cierta inmediatez entre la causa y el disfrute. Es por ello, que no pueden
diferirse para un momento posterior, porque la ausencia al trabajo solo está
justificada cuando efectivamente hay obligación de trabajar, lo que no ocurre
durante las vacaciones o suspensión del contrato.
¿Cómo computan los permisos si trabajo días alternos (L,
M, ¿y V)?
Cada día laborable
para la persona trabajadora es un día de permiso
¿En los permisos retribuidos por hospitalización está
incluido el ingreso por parto de un familiar?
La norma sólo habla
de ‘hospitalización», sin distinguir entre las causas que la motivan. No
podemos distinguir la hospitalización por enfermedad de la hospitalización por
parto.
El permiso retribuido
en caso de parto de un familiar se debe solicitar a través de permiso por
hospitalización, no se extinguirá con la simple alta hospitalaria, si la misma
no va acompañada de alta médica. La utilización el permiso finalizará con el
alta médica o por la expiración de los 5 días laborables de permiso.